En Gaceta Oficial Número 40.277 de fecha 22 de Octubre de 2013, la Presidencia de la República publicó el Decreto
N° 504, mediante el cual se establece que los Órganos y Entes que
conforman la Administración Pública Nacional, deberán erogar con cargos a
las partidas presupuestarias vigentes, a partir del 01 de noviembre de
2013, las cantidades correspondientes al pago de la bonificación de fin
de año de 2013, en la forma que en él se especifica.
En ese sentido, se destacan los siguientes aspectos:
- Corresponde a cada funcionario y funcionaria en servicio activo, el pago de bonificación de Fin de año 2013, por noventa (90) días de sueldo integral, con base al sueldo integral devengado al 31/10/2013
- El personal contratado bajo el régimen laboral, se le cancelará una bonificación de fin de año equivalente a noventa (90) días de salario, con base al salario devengado al 31/10/2013
- La primera cuota equivalente a dos tercios (2/3) de la bonificación correspondiente debe ser pagada antes del 15/11/2013
- La segunda cuota equivalente a un tercio (1/3) de la bonificación correspondiente será pagada el 01/12/2013
Fuente: http://www.tsj.gov.ve/gaceta/gacetaoficial.asp
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